Registro fiscal de tierras rurales explotadas

Desde el 1 de agosto del corriente año se dejó sin efecto el «Registro de Operaciones Inmobiliarias» (ROI), reemplazándolo por el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE).

El nuevo Registro obliga a inscribir y remitir en formato pdf. la información relativa a las tierras destinadas producción de granos y semillas por parte del propietario o usufructuario – explotación de inmuebles propios- o por los arrendadores – explotación por terceros- y por los subcontratistas/subcontrante- subarrendadores.

La falta de cumplimiento, además de las sanciones formales, genera retenciones agravadas del impuesto a las ganancias en oportunidad del pago del arrendamiento/subarrendamiento.

Debido a que la carga de información tiene cierta complejidad, la  fecha de entrada en vigencia fue prorrogada hasta el 1 de noviembre.