La RG 4164-E de AFIP, sustituye el cuerpo normativo que instrumenta el procedimiento para solicitar el certificado fiscal para contratar, para los sujetos que sean proveedores del Estado.
Las principales modificaciones son:
* Los Organismos estatales que contraten a sus proveedores deberán consultar la situación del contribuyente potencial proveedor del Estado y, a los fines de obtener información respecto de incumplimientos tributarios y/o previsionales, podrán realizar la consulta por medio de intercambio de información mediante el servicio denominado “Web service – Proveedores del Estado” o por el servicio “Consulta – Proveedores del Estado”, accediendo con clave fiscal.
* Para que el Estado otorgue el certificado que habilita al contribuyente a ser contratado, se evaluará que no tenga deudas líquidas y exigibles por obligaciones impositivas y/o de los recursos de la seguridad social por un importe igual o superior a $ 1.500 y que haya cumplido con la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas.
* En caso de detectarse deuda, el contribuyente podrá consultar la misma ingresando al sistema de Cuentas Tributarias en la opción “Detalle de Deuda Consolidada” y, dentro de esta opción, el trámite “Consulta de deuda de proveedores del Estado”.
Estas disposiciones están vigentes desde el 1/12/2017. Las solicitudes de certificados fiscales presentadas según el procedimiento anterior que no se encuentren resueltas a esta fecha, serán archivadas, debiendo generarse el trámite de solicitud por parte del Estado mediante el nuevo procedimiento.