Novedades para monotributistas

El  1 de enero de 2018 habrá vencido el plazo para realizar la recategorización o confirmación para los inscriptos en la categoría A de monotributo y para la adhesión de todas las categorías  al Domicilio Fiscal Electrónico.

Además, desde la fecha mencionada, se abrirá el proceso por el cual la AFIP comenzará a cruzar los datos declarados por los monotributistas con la información de sus gastos con tarjeta de crédito.  En función de ese cruce, determinará las recategorizaciones de oficio , que pueden llevar a muchos  al régimen general de IVA y Ganancias.

Los contribuyentes que quedarán más expuestos serán los llamados «monotributistas puros», o sea aquellos que sólo aportan en el régimen simplificado y no figuran a la vez como trabajadores en relación de dependencia. De todos modos, el monotributista contará con un plazo de 15 días para justificar su situación y evitar sanciones.

La información sobre el monto global consumido con tarjeta que informan a la AFIP los bancos y los emisores de los plásticos, no es completa ya que nNo incluye información detallada sobre qué consumos se pagaron con la tarjeta.  Puede suceder que alguien sea titular de una tarjeta y de adicionales que son pagadas por familiares con ingresos propios. Esta serviría como descargo a la hora de justificar algún desfase entre gastos y facturación.