La AFIP actualizó un 29% los valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias en 2018 para los trabajadores en relación de dependencia.
De allí surge que quedarán alcanzados por este tributo los asalariados casados con dos hijos que ganen más de $40.000 mensuales. Y el mínimo no imponible para un trabajador soltero sin hijos será de $30.000 a partir del 1 de enero. En ambos casos, se trata de valores netos, una vez aplicados los descuentos de la seguridad social y obras sociales.
Los nuevos valores para las deducciones que regirán desde el año próximo son los siguientes:
- Por las ganancias no imponibles hasta $ 66.917,91 anuales.
- Por el cónyuge $ 62.385,20 anuales.
- Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $ 31.461,09 anuales.
• Por la deducción especial de 4ta categoría, hasta la suma de $ 66.917,91.