El Ministerio de Trabajo, mediante la Resolución 168/2018, habilitó a los empleadores a transferir la remuneración de los trabajadores a través de un teléfono celular.
Esta opción sería válida siempre y cuando el trabajador acepte cobrar de esta manera , sin que le represente ningún tipo de costo.
La medida apunta a aumentar la inclusión financiera en segmentos donde los pagos de salarios todavía se dan en efectivo, por fuera del sistema bancario, incluso en casos en los que el empleado es parte de la economía formal.
La norma establece que los dispositivos «deberán posibilitar la acreditación en una sola transferencia de la remuneración total debida al trabajador».
En los casos de aceptación del método de acreditación de haberes, se dispuso que la «constancia de la transferencia a través de una aplicación móvil o sitio web es prueba suficiente para considerar válida la transferencia por parte del empleador».
Cada uno de estos monederos digitales tiene la opción para extraer dinero digital y usarlo en el mundo físico, pero esto significa que además los trabajadores podrían comenzar a prescindir del efectivo.
La oportunidad, según ven empresas del sector, está en segmentos de la población que aún no ha sido bancarizada, por ejemplo, el sector agropecuario, los empleados de un call center u otros trabajos temporales, como la zafra. Lo mismo ocurre con empleados domésticos, donde el empleador no tiene múltiples empleados. Hay un grupo de trabajadores con una demanda insatisfecha o que no resulta rentable para los bancos.