El Gobierno reestablece contribuciones patronales a ciertas actividades

A través del decreto 633/18, el Gobierno restableció la contribución patronal adicional del 2% sobre los regímenes diferenciales de jubilación que fuera suprimida en 1980.

El decreto enumera las leyes, decretos y resoluciones con regímenes diferenciales, entre los cuales figura el personal afectado a tareas de forja y fragua, de la industria del chacinado, industria del vidrio, industria de la carne, estibadores, capataces y guincheros portuarios, personal embarcado en tareas de dragado y balizamiento, ferrobarcos, operadores de telegrafía y radiotelegrafía, choferes de transporte de pasajeros y carga y personal de empresas de electricidad afectados a tareas riesgosas y penosas.

En los fundamentos del decreto se señala que los regímenes previsionales diferenciales tienen menores exigencias de edad y/o de servicios para jubilarse que “generan un costo adicional que debe ser financiado adecuadamente, circunstancia que fue atendida por el legislador desde la creación misma de cada régimen”.

Dice además que “resulta imperioso garantizar la sustentabilidad del sistema previsional en cumplimiento y debido respeto de los principios que lo fundamentan, en especial la equidad y el interés público en juego”. Y subraya que “el presente decreto efectiviza las contribuciones oportunamente establecidas en los regímenes diferenciales en vigor, sin imponer al trabajador ningún tipo de aporte adicional para el acceso al beneficio”.