Aumenta la tasa de interés para deudas de AFIP

Mediante una resolución del Ministerio de Hacienda, el Gobierno actualizó las tasas de interés que pagan los contribuyentes cuando se atrasan en los pagos.

Hasta ahora, los intereses resarcitorios (atraso simple) y punitorios (cuando hay un reclamo judicial iniciado) que había que abonarle a la AFIP eran del 3% y 4% mensual, respectivamente. A partir de marzo, esas tasas aumentarán al 4,5% para los intereses resarcitorios y 5,6% para los punitorios.

Luego, a partir de abril, esos valores se irán actualizando de la siguiente forma:

La tasa vigente en cada trimestre será la efectiva mensual equivalente a 1,2 (interés resarcitorio) y 1,5 (interés punitorio) veces la tasa nominal anual del canal electrónico para los depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco Nación vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del trimestre. Cada trimestre dicha tasa será publicada por la AFIP.

Cabe aclarar que las nuevas tasas son para el pago de deudas futuras de parte de los contribuyentes. Si una empresa tiene una deuda vieja, para cada período se aplica la tasa que estuvo vigente en ese período.