Moratoria pyme: cómo adherirse y cuáles son los requisitos

La RG 4667/2020 de AFIP refiere a la moratoria impositiva y previsional que alcanza a empresas pymes, autónomos, monotributistas y entidades sin fines de lucro. Contempla quitas del 42% sobre el monto total de la deuda y plazos de pago de hasta 120 cuotas.

Al plan podrán adherirse aquellas pymes que obtengan previamente el certificado MiPyme y posean deudas al 30 de noviembre pasado e incluso quienes tengan planes de pagos a la fecha.

El plazo límite fijado para adherir a este beneficio vence el 30 de abril próximo. El ingreso podrá hacerse desde el 17 de febrero. Los deudores  tendrán mayores beneficios cuanto más temprano se sumen al plan.

Los beneficios dependerán de la condición de cada empresa.  Se permitirá financiar no sólo deuda exigible sino deuda que actualmente esté en planes vigentes y establece la condonación parcial de intereses y de multas. Esto habilitaría una reducción promedio de la deuda del 42% sobre el total.

Cabe aclarar que con el ingreso a la moratoria, se suspenderá la orden judicial de embargo que pueda existir sobre compañías que cuenten con deuda acumulada con la AFIP. Estos embargos se encuentran suspendidos en la actualidad hasta el 30 de marzo próximo.

La tasa de interés será fija de 3% para el primer año y en los siguientes pasará a variable de Badlar bancos privados. La forma de amortización va a ser bajo el sistema AFIP, que  busca  que se pague menos en las primeras cuotas y vaya subiendo a lo largo del tiempo.

Además,  se podrán  utilizar las devoluciones pendientes, ya sea de saldos de exportación o reintegro de IVA, para achicar la de deuda que puedan tener las pymes.

La tasa será igual para todos los que adhieran al plan;  lo que cambiará será el porcentaje de anticipo y la cantidad de cuotas. Las microempresas que entren en febrero tendrán un plazo de pago de 120 cuotas, con cero de pago a cuenta y la primera cuota a abonar en marzo.

Una pyme que entre en febrero deberá pagar el 1% y tiene 120 cuotas, pero si entrara en abril tendría que pagar el 3% de tasa el plan de pago baja a 90 cuotas.

Una empresa mediana que entre en febrero tendrá que hacer un pago a cuenta del 2%, si entra en abril será del 5% y las cuotas bajan también de 120 a 90 cuotas en cada caso respectivamente.